puntoHR
Referencia salarial y laboral · España
Registro PHR-2026-0001
Ejercicio 2026 · Rev. 1.ª

35.000 € brutos anuales en Madrid

Ejercicio 2026 · 12 pagas · contrato indefinido · sin hijos a cargo · comparado en las quince comunidades

Tu resultado

Salario neto en nómina · Ejercicio 2026 · Madrid

2.200 €
al mes
26.397 €
al año
18,08 %
retención
En la declaración te devuelven 430 €Madrid

El importe mensual va redondeado al euro; la cifra exacta es la anual.

Este cálculo no incluye las deducciones en cuota, y hay de dos clases. Las autonómicas: casi todas las comunidades tienen las suyas —por alquiler, por nacimiento, por estudios, por vivienda habitual—. Y una estataldesde el 8 de octubre de 2026, por alquiler de la vivienda habitual, el apartado 6 del artículo 68 de la Ley del IRPF, vigente desde el 8 de octubre de 2026. Si puedes aplicar alguna, la cuota líquida real es menor que la que aquí se muestra, y por tanto te devolverán más o pagarás menos de lo que dice esta página. No se calculan porque dependen de circunstancias que esta calculadora no pregunta: cuánto pagas de alquiler, dónde vives, cuántos hijos tienes.

Y la estatal es de esta semana. La introdujo un decreto-ley el 29 de septiembre, el Congreso derogó ese decreto el 2 de octubre y otro la volvió a añadir el 6 —el Real Decreto-ley 29/2026—. Un decreto-ley necesita convalidación, así que puede volver a caerse: si encuentras esa deducción calculada en algún sitio, mira de qué día es.

Figura 1 · Reparto del salario bruto

7 %
De cada 100 € de bruto, 75 € netos en nómina, 18 € de IRPF y 7 € de Seguridad Social. Es el reparto antes de la declaración.

77 casos contrastados contra el módulo oficial de retenciones de la Agencia Tributaria. Cómo verificamos

Desglose anual

Se lee como un extracto de nómina: el bruto arriba, las deducciones con su signo, y el neto al pie tras el filete doble.

Salario bruto anual35.000,00 €
Contingencias comunes
Paga la sanidad pública, la jubilación y las bajas por enfermedad común. Es el descuento más grande de los cuatro.
−1.645,00 €
Desempleo
El derecho al paro. Con contrato temporal se paga un poco más, un 1,60 % en vez de un 1,55 %.
−542,50 €
Formación profesional
Financia los cursos de formación para el empleo. Es el descuento más pequeño de la nómina.
−35,00 €
Mecanismo de equidad intergeneracional
Un recargo creado en 2023 para reforzar la hucha de las pensiones (el Fondo de Reserva de la Seguridad Social). Sube cada año hasta 2029.
−52,50 €
Total Seguridad Social−2.275,00 €
Cuota líquida de IRPF
impuesto que corresponde tras la declaración
−5.897,66 €
Salario neto anual tras la declaración26.827,34 €

El caso, explicado

Un salario bruto anual de 35.000 € en Madrid, con contrato indefinido y sin hijos a cargo, equivale a 26.397 € netos al año en el ejercicio 2026, que es lo que efectivamente ingresa la nómina. Se reparten en 12 pagas de 2.200 €.

La cuota líquida del IRPF, que es el impuesto que corresponde pagar una vez presentada la declaración, asciende a 5.898 €, un tipo efectivo del 16,85 % sobre el bruto. La cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador es de 2.275 €. Descontando ambos conceptos del bruto, el neto una vez liquidada la declaración queda en 26.827 €.

En nómina, en cambio, la empresa retiene un 18,08 %, es decir 6.328 € al año o 527 € por paga. Como se retiene más de lo que finalmente se debe, la declaración saldría a devolver 430 €.

De dónde sale esta cifra

Por qué te devolverán dinero al hacer la declaración

Retención practicada en nómina

Una vez liquidada la declaración, el dinero que finalmente queda no es el del titular sino 26.827 €, porque 430 € vuelven en la declaración. Son dos cifras distintas y las dos son ciertas: la de arriba es la que ingresa la nómina cada mes, y esta es la que queda cuando Hacienda ajusta la cuenta un año después.

Por qué no coinciden, y por qué el desajuste es mucho mayor en unas comunidades que en otras, en dónde acierta la retención y dónde no.

Te descuentan6.328,00 €
Debías5.897,66 €
Te devuelven430,34 €

La retención se calcula igual en toda España, con una escala única que da por hecho que tu comunidad cobra lo mismo que el Estado. Madrid cobra menos, así que sobra dinero y te lo devuelven al presentar la declaración.

Qué porcentaje de tu sueldo se lleva Hacienda
Tipo efectivo de IRPF sobre el bruto16,85 %
Tipo efectivo de cotización sobre el bruto
cuota a cargo de la persona trabajadora; baja al superar la base máxima, porque las cuotas dejan de crecer
6,50 %
Tipo marginal estatal15,00 %
Tipo marginal autonómico
Madrid
12,80 %
Tipo marginal conjunto27,80 %
Base liquidable30.725,00 €
Mínimo personal y familiar estatal5.550,00 €
Mínimo personal y familiar autonómico
importes propios de Madrid
5.956,65 €
Cuota íntegra estatal3.691,50 €
Cuota íntegra autonómica3.239,73 €
Cuota del mínimo estatal−527,25 €
Cuota del mínimo autonómica−506,32 €
Cuánto pagas en cada tramo, y cuánto se lleva tu comunidad

Tabla 1 · Escala estatal aplicada (art. 63.1 de la Ley del IRPF)

TramoTipoBaseCuota
0 € – 12.450 €9,50 %12.450,00 €1.182,75 €
12.450 € – 20.200 €12,00 %7.750,00 €930,00 €
20.200 € – 35.200 €15,00 %10.525,00 €1.578,75 €

Tabla 2 · Escala autonómica aplicada · Madrid

TramoTipoBaseCuota
0 € – 13.362 €8,50 %13.362,22 €1.135,79 €
13.362 € – 19.005 €10,70 %5.642,41 €603,74 €
19.005 € – 35.426 €12,80 %11.720,37 €1.500,21 €

Las dos escalas se aplican sobre la misma base liquidable y sus cuotas se suman. La retención de la nómina, en cambio, usa una escala estatal única que asume que la autonómica es igual a la estatal: de ahí que retención y cuota líquida no coincidan.

Cómo se ha calculado, paso a paso

El cálculo parte de un rendimiento íntegro de 35.000 €, del que se deducen 2.275 € de cotización social y 2.000 € en concepto de otros gastos. La base liquidable resultante es de 30.725 €. Sobre ella se aplican la escala estatal, que genera una cuota de 3.692 €, y la escala autonómica, que genera 3.240 €. Del total se descuenta la cuota correspondiente al mínimo personal y familiar, que es de 5.550 € en la escala estatal y de 5.957 € en la autonómica porque la comunidad ha aprobado importes propios: 527 € y 506 € respectivamente, 1.034 € en total. La cuota líquida final es de 5.898 €.

En qué ley se basa y qué no incluye

Cuota líquida calculada conforme a la Ley 35/2006 del IRPF (arts. 19.2.f, 20, 56.3, 57, 58, 63.1 y 74) y a la escala autonómica vigente en Madrid. Retención calculada conforme al Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007 (arts. 81 a 86). Cotización conforme a la orden de cotización a la Seguridad Social del ejercicio 2026. Declaración individual.

El mínimo personal y familiar que se aplica al tramo autonómico es el aprobado por Madrid al amparo del art. 56.3 de la Ley 35/2006, no el estatal de los arts. 57 y 58. Al tramo estatal se le aplica el estatal, y por eso son dos importes distintos.

El cálculo no contempla: discapacidad del contribuyente, de descendientes o de ascendientes; mínimo por ascendientes; incremento de gastos por movilidad geográfica; situación familiar monoparental (situación 1.ª del art. 81.1 del Reglamento); anualidades por alimentos a los hijos por decisión judicial; pensión compensatoria al cónyuge; reducción por pago de préstamos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual; tipos mínimos de retención de contratos inferiores al año o de relaciones laborales especiales; deducciones autonómicas; ni rendimientos distintos de los del trabajo.

El cálculo supone un año completo de alta. La cotización se liquida mes a mes, así que si has empezado o terminado a mitad de año lo que aquí se muestra sobrestima tanto tu cotización como el IRPF: habría que calcularlo sobre lo realmente percibido en los meses trabajados, no sobre el año entero.

El cálculo supone un único pagador. Si has trabajado para más de una empresa en el año, cada una retiene como si fuera la única, así que la retención total practicada suele quedar por debajo de la que te corresponde y la declaración te saldrá a pagar más de lo que aquí se indica. La cifra de retención de esta página no es aplicable a tu caso.

El cálculo da por cumplidas, sin comprobarlas, dos condiciones de la Ley del IRPF. La reducción por obtención de rendimientos del trabajo exige no percibir rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 € anuales (art. 20). El mínimo por descendientes exige que el descendiente no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € (art. 58.1). Si alguna de las dos no se cumple, el resultado que aquí se muestra es más favorable que el real.

El cálculo supone residencia fuera de la isla de La Palma. Quien resida allí de forma habitual y efectiva tiene, también en 2026, la deducción del art. 68.4 de la Ley del IRPF —la de Ceuta y Melilla, extendida a La Palma por la disposición adicional 57.ª— y tipos de retención reducidos, así que su cuota y su retención reales son menores que las de esta página. Lo prorrogó a 2026 el Real Decreto-ley 23/2026, de 8 de septiembre.

Y lo que paga la empresa por ti

Tu sueldo no es lo que le cuesta a tu empresa. Sobre el bruto paga además su parte de la cotización, que en este caso son 11.252,50 € — un 32,15 % más—, así que la contratación le cuesta 46.252,50 € al año.

De lo que paga la empresa a lo que queda

Coste para la empresa46.252,5 €Bruto35.000 €− 11.252,5 € de cuota patronalNeto en nómina26.397 €− 8.603 € de cotización y retenciónNeto real26.827,34 €+ 430,34 € que devuelve la declaración
El corte que no se ve en ninguna nómina. De lo que la empresa paga, al trabajador le queda el 58,0 %. La cuota patronal de este sueldo es 11.252,50 € y la retención de IRPF 6.328,00 €: el corte de la empresa es 1,8 veces el del impuesto, y es el único que no aparece en ningún documento que reciba el trabajador.
Qué esAl añoQuién la usa
Coste para la empresa46.252,50 €lo que se presupuesta al contratar
Bruto35.000,00 €lo que dice el contrato y la oferta de empleo
Neto de nómina26.397,00 €lo que llega a la cuenta cada mes
Neto tras la declaración26.827,34 €lo que de verdad queda

Dos datos que no te preguntamos y que hacen falta aquí. La cuota patronal depende del tipo de contrato y del tipo de accidentes de trabajo de la actividad, y esta calculadora no los pregunta porque no cambian tu neto. Se supone un contrato indefinido y el epígrafe «Personal en trabajos exclusivos de oficina.», 1,50 %. Con otra actividad el coste es otro: la calculadora de coste de empresa sí lo pregunta.

Entre Madrid y Cataluña hay 510,34 € de diferencia con este mismo sueldo, y toda esa diferencia aparece en la declaración del año siguiente: la nómina es idéntica en las quince. Las quince, una a una.

Este mismo sueldo en las quince comunidades

La nómina es idéntica en las quince —1 cifra de neto, no quince—, porque la retención se calcula con una escala única para toda España. Lo que cambia es la declaración del año siguiente: 15 cuotas líquidas distintas, y entre la comunidad más favorable y la menos hay 510,34 € de diferencia.

Ordenadas de más a menos favorable por el resultado final.
ComunidadNeto de nóminaCuota líquidaDeclaración
Madrid26.397,00 €5.897,66 €devuelve 430,34 €
La Rioja26.397,00 €5.969,15 €devuelve 358,85 €
Región de Murcia26.397,00 €6.087,58 €devuelve 240,42 €
Cantabria26.397,00 €6.087,63 €devuelve 240,37 €
Comunidad Valenciana26.397,00 €6.126,86 €devuelve 201,14 €
Canarias26.397,00 €6.131,96 €devuelve 196,04 €
Asturias26.397,00 €6.188,66 €devuelve 139,34 €
Castilla y León26.397,00 €6.188,75 €devuelve 139,25 €
Galicia26.397,00 €6.192,42 €devuelve 135,58 €
Extremadura26.397,00 €6.236,50 €devuelve 91,50 €
Andalucía26.397,00 €6.264,95 €devuelve 63,05 €
Aragón26.397,00 €6.282,64 €devuelve 45,36 €
Illes Balears26.397,00 €6.301,63 €devuelve 26,37 €
Castilla-La Mancha26.397,00 €6.328,50 €pagas 0,50 €
Cataluña26.397,00 €6.408,00 €pagas 80,00 €

Por qué pasa esto. La retención de la nómina se calcula con una escala estatal única, y el impuesto real con la estatal más la de tu comunidad. Las dos no coinciden, y de ahí sale lo que te devuelven o lo que pagas. Lo desarrollamos en la nota sobre la retención y la comunidad autónoma, con un barrido de 461 salarios.

Calcular con otros datos personales

puntoHR · Referencia salarial y laboralEjercicio 2026 · cada cifra leída en su fuente por una persona entre el 24 de agosto de 2026 y el 22 de octubre de 2026
Normas comprobadas automáticamente el 22 de octubre de 2026 sobre 25 bloques del BOE: siguen vigentes y publicando las mismas cifras. Y sin normas nuevas sobre estas materias hasta el 12 de octubre de 2026, comprobado una a una sobre el índice consolidado. No cubre la aparición de la orden de cotización del año siguiente —la vigente sí se vigila, pero la próxima se aprueba con otro identificador y descubrirla exige mirar—, la tarifa de accidentes de trabajo, los mínimos autonómicos, ni que la interpretación siga siendo la correcta: eso solo lo dice una persona leyendo la fuente.