puntoHR
Referencia salarial y laboral · España
Registro PHR-2026-0001
Ejercicio 2026 · Rev. 1.ª

Indemnización por despido

Consulta · 30.000 brutos anuales · Despido improcedente · alta 2018-01-15 · cese 2026-06-30

Sobre el salario diario. El Estatuto fija cuántos días de salario se pagan por año de servicio, pero no define cuánto vale un día: eso lo fija la jurisprudencia, y es el punto donde más se discute un despido. Si dejas el campo vacío usamos el bruto anual entre 365 — hoy, 82,19—, que es el criterio habitual. Si manejas otra cifra, escríbela.

Qué entra en el salario, y suele olvidarse. El artículo 26.1 del Estatuto define el salario como la totalidad de las percepciones «en dinero o en especie». Así que el coche de empresa, el seguro médico, los tickets de comida o la vivienda computan, y quien no los suma al bruto obtiene una indemnización más baja que la suya sin que nada falle en el cálculo. Quedan fuera, por el 26.2, los suplidos y los gastos reembolsados: eso no es salario.

¿El último salario o la media del último año? Con retribución variable —comisiones, bonus, incentivos— la respuesta cambia la cifra, y el Estatuto no la da: no dice nada al respecto. Lo resuelve la jurisprudencia, y por eso es otro de los puntos que se discuten. Lo decimos porque es información útil para negociar, no para curarnos en salud: si tu caso lleva variables, la cifra depende de un criterio que la ley no fija.

Despido improcedente · art. 56.1 del Estatuto · Ejercicio 2026

23.054,79 €
indemnización
280,5
días de salario
8 a. 5 m.
antigüedad

Un despido improcedente con 8 años y 5 meses de antigüedad y un salario de 30.000 € brutos anuales genera una indemnización de 23.054,79 €. Son 280,5 días de salario a 82,19 € al día. No tributa: está exenta por entero (art. 7.e de la Ley del IRPF).

Cómo sale la cifra

Despido improcedente, art. 56.1 del Estatuto de los Trabajadores. Ejercicio 2026.
ConceptoImporte
Salario diario regulador82,19
Días que genera la antigüedad280,5 días
Tope legal (no se alcanza)720 días
Días indemnizados280,5 días
Indemnización23.054,79

De dónde sale exactamente esta cifra

El artículo manda prorratear «por meses los períodos de tiempo inferiores a un año» y no dice qué hacer con los días sueltos del último mes. Descartándolos, la indemnización sería de 22.828,77.

Pero el Tribunal Supremo lo resuelve, y lo resuelve al alza: los días que exceden de un mes completo se computan «como si la prestación de servicios se hubiera efectuado durante toda la mensualidad», por principio pro operario. Por eso la cifra de arriba es 23.054,79, 226,03 más.

Las sentencias. Sobre el mes empezado: STS 20-7-2009 (rec. 2398/2008), 20-6-2012 (rec. 2931/2011) y 6-5-2014 (rec. 562/2013). Sobre dividir el salario anual entre 365 y no entre 360: STS 30-6-2008 (rec. 2639/2007), 24-1-2011 (rec. 2018/2010) y 9-5-2011 (rec. 2374/2010), con la STS 22-2-2020 (rec. 3230/2017) precisando que tampoco cambia en año bisiesto. Y el día del cese cuenta como trabajado: si el contrato empieza y termina el mismo día de meses distintos, se computan tanto el mes inicial como el final. Todas están recogidas en la guía legal y jurisprudencial del Consejo General del Poder Judicial, que acompaña a su calculadora oficial.

Qué parte tributa

No tributa nada. La indemnización está exenta de IRPF por completo: no supera la cuantía obligatoria del Estatuto ni el tope de 180.000 del artículo 7.e) de la Ley del IRPF. Solo tributaría lo que se pactase por encima del mínimo legal — si es tu caso, escríbelo en el campo de indemnización pactada y aparece el desglose.

Lo que esta calculadora no hace

No calcula la extinción por voluntad del trabajador del artículo 50. Su cuantía es la misma que la del despido improcedente —33 días por año con tope de 24 mensualidades—, así que la cifra de arriba sirve de referencia si has seleccionado ese supuesto. Lo que no hacemos es ofrecerla como una opción a elegir: esa indemnización solo existe si un juez la declara, y presentarla junto a las demás sugeriría que basta con escogerla.

La calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial sí la publica, junto a todos los demás supuestos a la vez. Hace algo distinto de lo nuestro: es una tabla de referencia para quien ya sabe qué figura le aplica, no una respuesta a «cuánto me corresponde a mí».

No cubre los contratos de fomento de la contratación indefinida anteriores al 12 de febrero de 2012: la disposición transitoria undécima los deja con su régimen propio para el despido objetivo, y casi nadie sabe si el suyo era de esa modalidad. Preferimos no dar una cifra a dar una plausible y falsa.

Tampoco calcula el traslado (art. 40.1) ni la modificación sustancial de condiciones (art. 41.3), que dan 20 días por año con topes de 12 mensualidades y de nueve meses respectivamente.

En un despido colectivo, la cifra que damos es el suelo legal: en la práctica casi siempre se pacta por encima. No la tomes como la cantidad esperable, sino como el mínimo del que se parte.

Revisiones de esta página

30 de agosto de 2026
Cambia la cifra principal. Hasta hoy mostrábamos como resultado la lectura literal del artículo —descartando los días sueltos del último mes— y ofrecíamos debajo, como alternativa, la que redondea al alza. Era un error de planteamiento: el Estatuto no se aplica sin la doctrina que lo interpreta, y esa lectura literal no la sigue ningún juzgado. Ahora la cifra principal aplica el criterio del Tribunal Supremo: se redondea al alza el mes empezado, el día del cese computa como trabajado y el salario anual se divide entre 365. Sobre un salario de 30.000 € con alta el 15/01/2018 y cese el 30/06/2026, el resultado pasa de 22.828,77 € a 23.054,79 €. La lectura literal no desaparece: ahora explica de dónde sale la diferencia.
puntoHR · Referencia salarial y laboralEjercicio 2026 · datos revisados el 24 de agosto de 2026
Normas comprobadas automáticamente el 29 de agosto de 2026 sobre 25 bloques del BOE: siguen vigentes y publicando las mismas cifras. No cubre la aparición de la orden de cotización del año siguiente —la vigente sí se vigila, pero la próxima se aprueba con otro identificador y descubrirla exige mirar—, la tarifa de accidentes de trabajo, los mínimos autonómicos, ni que la interpretación siga siendo la correcta: eso solo lo dice una persona leyendo la fuente.