¿Qué es el sueldo bruto y qué es el neto?
El bruto es lo que figura en el contrato antes de descontar nada y el neto es lo que queda después, pero en la práctica hay cuatro cifras y a dos se les llama neto. Con un contrato indefinido de 30.000 € brutos anuales en Madrid, 12 pagas, soltero y sin hijos y en trabajo de oficina: la empresa gasta 39.645 € —el bruto más 9.645 € de cuota patronal, un 32,15 % del bruto—; el bruto son 30.000 €; el neto de nómina son 23.124 €, o 1.927 € al mes, después de restar 1.950 € de cotización del trabajador y 4.926 € de retención; y el neto tras la declaración son 23.451,99 €, porque el impuesto real de ese caso son 4.598,01 € y sobran 327,99 € que Hacienda devuelve. Puesto en proporción: de cada 100 € que gasta la empresa, al trabajador le llegan 58,33 €, y 59,15 € contando la devolución. Hay dos netos porque lo que descuenta la nómina cada mes no es el impuesto sino un anticipo a cuenta.
Bruto es antes de los descuentos y neto es después. Eso ya está explicado en cien sitios y no hacía falta escribirlo otra vez.
Lo que no suele estar en ninguno es que en una conversación sobre sueldos se manejan cuatro cifras distintas, todas del mismo trabajador, y que a dos de ellas se les llama «neto». Quien no sabe cuál está usando el otro está negociando a ciegas.
Las cuatro cifras del mismo sueldo
Un contrato indefinido de 30.000 € brutos anuales en Madrid, 12 pagas, soltero y sin hijos, en trabajo de oficina:
| Qué es | Al año | Quién la usa |
|---|---|---|
| Coste para la empresa | 39.645,00 € | lo que se presupuesta al contratar |
| Bruto | 30.000,00 € | lo que dice el contrato y la oferta de empleo |
| Neto de nómina | 23.124,00 € | lo que llega a la cuenta cada mes |
| Neto tras la declaración | 23.451,99 € | lo que de verdad queda |
La misma persona cuesta 39.645,00 € y se lleva 23.451,99 €. Las dos cifras son ciertas y las dos se llaman «lo que gana», según quién hable.
La cadena, tramo a tramo
No son cuatro cifras sueltas: cada una sale de la anterior, y las restas cuadran sin residuo.
| Coste para la empresa | 39.645,00 € |
|---|---|
| − cuota patronal a la Seguridad Social (32.15 % del bruto) | 9.645,00 € |
| = Bruto | 30.000,00 € |
| − cotización del trabajador | 1.950,00 € |
| − retención del IRPF | 4.926,00 € |
| = Neto de nómina · 1.927,00 € al mes | 23.124,00 € |
| + lo que devuelve la declaración | 327,99 € |
| = Neto tras la declaración | 23.451,99 € |
De cada cien euros que gasta la empresa, llegan 58,33
Poner las cuatro juntas da una cifra que por separado no se ve: 58,33 de cada 100 € que la empresa desembolsa acaban en la cuenta del trabajador, y 59,15 contando lo que la declaración devuelve.
No es una denuncia ni un lamento: es aritmética, y sirve para dos conversaciones muy concretas. Cuando alguien pide «mil euros más», a la empresa le cuesta más de mil. Y cuando una empresa dice «te estamos pagando cuarenta mil», al trabajador no le llegan cuarenta mil. Las dos frases son verdad al mismo tiempo, y casi todas las negociaciones que se atascan lo hacen por no ponerlo encima de la mesa.
Y por qué hay DOS netos y no uno
Esta es la parte que casi nunca se cuenta. Lo que descuenta la nómina cada mes no es el impuesto: es un anticipo a cuenta. El impuesto real de este caso son 4.598,01 €, y por el camino se han retenido 4.926,00 €, así que sobran 327,99 € que la declaración devuelve.
Por eso el neto que casi todo el mundo conoce —el de la cuenta— es el provisional, y el definitivo llega un año después. Aquí sale a devolver; con dos pagadores, o en cierta banda de salarios, sale a pagar. Lo contamos en la nota sobre los salarios que salen a pagar y en la de los dos pagadores.
Las ocho cifras de la cadena salen del mismo motor que sirve las calculadoras de esta web —la de bruto a neto y la de coste de empresa— y se pueden reproducir una a una. La cuota patronal se calcula con el tipo de accidentes de trabajo del epígrafe «Personal en trabajos exclusivos de oficina», 1,50 %; otra actividad da otro coste.
En qué normas se apoya
- Orden PJC/297/2026, de cotización para el ejercicio 2026
- Tipos de cotización a cargo de la empresa y del trabajador por contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación profesional y mecanismo de equidad intergeneracional, y bases máxima y mínima. El tipo de accidentes de trabajo sale de la tarifa de primas de la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006: epígrafe de personal en trabajos exclusivos de oficina, 1,5 %.
- Real Decreto 439/2007, Reglamento del Impuesto sobre la Renta
- Arts. 80 a 87: procedimiento de cálculo de la retención sobre rendimientos del trabajo. La retención es un pago a cuenta del impuesto, no el impuesto: de ahí que existan dos netos y que la declaración liquide la diferencia.