Si me suben el sueldo, ¿puedo acabar ganando menos?
No. Hemos calculado todos los salarios de 12.000 a 120.000 € de cien en cien euros en las quince comunidades de régimen común —16.215 casos— y no hay ninguno en el que subir el bruto baje el neto de la nómina; con la declaración incluida, tampoco, en otros 27.915 casos. Lo que sí es cierto es que de una subida no llega todo: con 30.000 € brutos en Madrid, de 1.000 € de subida llegan al bolsillo 675,07 €. Y hay una sorpresa: el peor punto de todo el barrido no está arriba sino en 17.900 € brutos, donde de esos 1.000 € solo quedan 380,13 €, mientras que con 200.000 € quedan 526,23 €. El motivo es que la reducción por rendimientos del trabajo del artículo 20 de la Ley del IRPF se retira conforme sube el salario: en esa banda cada euro de subida tributa y además destruye reducción, así que la base liquidable sube 2.571,25 € cuando el sueldo sube 1.000 €.
Es de las cosas que más se repiten en una oficina: que a partir de cierto punto una subida no compensa, que casi todo se lo lleva Hacienda, que hay quien acaba cobrando menos. La respuesta corta es que no, nunca. La larga es más interesante que la creencia.
Primero, la respuesta: no pasa nunca
Una afirmación así no se contesta con un ejemplo, porque un ejemplo no descarta que exista el caso. Hemos barrido todos los salarios de 12.000 € a 120.000 € de 100 € en 100 €, en las 15 comunidades de régimen común:
| Barrido | Casos | Veces que el neto baja |
|---|---|---|
| Neto de nómina | 16.215 | 0 |
| Neto tras la declaración | 27.915 | 0 |
Se barren las dos cosas porque «ganar» son dos: lo que entra en la nómina cada mes y lo que queda cuando la declaración ajusta. La creencia se refiere a las dos, y en las dos la respuesta es cero.
Pero de una subida de 1000 € no te llegan 1000 €
Aquí es donde la creencia tiene su parte de razón. Con un sueldo corriente de 30.000 € en Madrid, de una subida de 1.000 € llegan al bolsillo 675,07 €. Ni se pierde dinero ni se gana entero.
Lo inesperado es dónde queda menos.
El peor sitio para que te suban el sueldo no es ganar mucho
De los 27.915 casos barridos, el peor no está arriba: está en 17.900 € brutos anuales.
| De una subida de 1000 € | Con 17.900 € | Con 200.000 € |
|---|---|---|
| Tipo marginal del IRPF | 20,75 % | 47,25 % |
| Sube la base sobre la que tributas | 2.571,25 € | 997,60 € |
| Llega al bolsillo | 380,13 € | 526,23 € |
Léase la tabla entera antes de sacar conclusiones, porque las dos filas de arriba van en direcciones contrarias. Quien gana 17.900 € se queda menos de su subida que quien gana 200.000 €, y eso con un tipo marginal que es menos de la mitad.
Por qué: la reducción que se retira
El artículo 20 de la Ley del IRPF da una reducción por rendimientos del trabajo que disminuye conforme sube el salario hasta desaparecer. En esa banda, cada euro de subida no solo tributa: además destruye reducción. Con las cifras del caso:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Reducción del art. 20 antes de la subida | 4.004,13 € |
| Después de la subida | 2.367,88 € |
| Reducción que se pierde | 1.636,25 € |
| Por eso la base sube | 2.571,25 € |
Ahí está el mecanismo entero: con 1.000 € más de sueldo, la base sobre la que se tributa sube 2.571,25 €. Más del doble. Y los 1000 € se reparten así:
| Cotización a la Seguridad Social | 65,00 € |
|---|---|
| IRPF | 554,87 € |
| Al bolsillo | 380,13 € |
Qué hacer con esto
Nada que justifique rechazar una subida: siempre se gana, y esa es la parte que importa. Pero sirve para dos cosas concretas.
Una: si negocias en esa banda, el efecto en tu bolsillo es la mitad de lo que suena, y conviene saberlo antes de dar una cifra por buena. Dos: si te preguntas por qué una subida «no se nota», la respuesta no es que Hacienda castigue ganar más — es que en ese tramo estás devolviendo una reducción pensada para los salarios bajos.
Las dos comparaciones y los dos barridos salen del mismo motor que sirve la calculadora de esta web, y se pueden reproducir uno a uno introduciendo los importes en ella.
En qué normas se apoya
- Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Art. 20: reducción por obtención de rendimientos del trabajo, decreciente con el rendimiento neto hasta anularse. Es la que explica que el tipo efectivo sobre una subida sea más alto en la banda baja que en la alta. Art. 63 y 74: escalas estatal y autonómica, de las que sale el tipo marginal.
- Orden PJC/297/2026, de cotización para el ejercicio 2026
- Art. 3: bases máxima y mínima de cotización. La base máxima es la que hace que en 200.000 € la subida apenas cotice —2,40 € de los 1.000—, frente a los 65,00 € que cotiza en 17.900 €.